Resolución por la que se expiden los formatos oficiales de los avisos e informes que deben presentar quienes realicen actividades vulnerables

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (30 de agosto) a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), entre otros temas, la Resolución por la que se expiden los formatos oficiales de los avisos e informes que deben presentar quienes realicen actividades vulnerables.

La presente Resolución tiene por objeto establecer los formatos oficiales previstos en el artículo 24 de la Ley, y los artículos 24, 25 y 27 de las Reglas, aplicables a quienes realicen Actividades Vulnerables, previstas en los artículos 17 de la referida Ley y 22 del Reglamento, y a las Entidades Colegiadas, en términos de lo establecido en los artículos 26 y 28 de la Ley antes referida.

Para efectos de esta Resolución, así como de sus Anexos, serán aplicables las definiciones establecidas en el artículo 3 de las Reglas, además de las siguientes que podrán utilizarse en singular o plural:

  1. Formato Electrónico
  2. Instrumento Monetario
  3. Reglas
  4. Tarjetas abiertas

Para descargar el anexo, clic aquí


Fuente: Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C.

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